“... Al hacer el examen correspondiente, la Cámara establece que la tesis adolece de deficiencias técnicas, puesto que si el planteamiento de la recurrente se dirigía a manifestar su desacuerdo con la falta de apreciación y valoración del Tribunal sentenciador de todos los medios de prueba que la casacionista ofreció en su demanda, el submotivo invocado resulta equivocado, pues lo procedente era apoyarse en aquellos que se encuentran estipulados en la ley, que tienen como propósito el análisis de los medios de prueba, ya que lo que la recurrente denuncia no es precisamente una violación de la ley...”